¿Qué hacer si tu expareja no paga la pensión alimenticia? Procedimientos legales paso a paso

Cuando una sentencia fija una pensión de alimentos para los hijos, su cumplimiento no es opcional: es una obligación legal. Sin embargo, en FH Jurídicos, cada semana atendemos casos de padres o madres que no están recibiendo esa pensión. ¿Qué se puede hacer? ¿Cómo reclamarla? ¿Qué consecuencias legales tiene el impago?

En esta guía te explicamos, paso a paso, qué hacer si tu expareja deja de pagar la pensión de alimentos. Verás qué vías existen, cómo presentar una reclamación, qué consecuencias tiene para el deudor, y qué medidas puedes tomar desde ya.

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Índice

¿Qué es la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos es la cantidad económica que debe abonar el progenitor no custodio para contribuir al mantenimiento de sus hijos menores (y mayores en determinadas circunstancias). Esta pensión cubre:

  • Alimentación
  • Vestido y calzado
  • Gastos escolares y médicos
  • Vivienda y suministros básicos

En FH Jurídicos te ayudamos a calcular, revisar o reclamar la pensión que te corresponde legalmente.

¿Es obligatorio pagar la pensión aunque no tenga ingresos?

Sí. El Tribunal Supremo ha reiterado que la obligación de alimentos no desaparece por estar en paro o por alegar insolvencia si no se acredita. Lo que puede solicitarse en estos casos es una modificación de medidas, pero nunca dejar de pagar sin más.

👉 Si no hay solicitud de revisión, el impago será considerado incumplimiento de sentencia.

¿Desde cuándo se considera impago?

Se considera impago desde el primer mes en que no se abona la pensión total o parcialmente. No es necesario acumular varios meses para reclamar, aunque la ley penal exige dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos para configurar delito.

⚠️ No esperes a que se acumulen las deudas. En FH Jurídicos recomendamos actuar desde el primer incumplimiento.

Primeros pasos si tu expareja deja de pagar

  1. Revisar la sentencia o convenio regulador para comprobar la cuantía y periodicidad establecida.
  2. Recopilar pruebas del impago (extractos bancarios, transferencias no realizadas, etc.).
  3. Enviar una comunicación formal (burofax o correo certificado) solicitando el pago.
  4. Acudir a un abogado especializado para iniciar el procedimiento de reclamación.

En FH Jurídicos ofrecemos una consulta gratuita para valorar si conviene iniciar vía civil o penal.

Reclamación por vía civil: ejecución de sentencia

Es la vía más habitual y rápida. Consiste en pedir al juzgado que obligue al deudor a pagar, mediante embargo de cuentas, salario o bienes.

Documentación necesaria:

  • Sentencia firme de divorcio o medidas
  • Certificado de impago o prueba de incumplimiento
  • Datos bancarios del deudor (si los tienes)

¿Qué puede embargarse?

  • Salario (excepto salario mínimo interprofesional)
  • Cuenta bancaria
  • Devoluciones de Hacienda
  • Vehículos, bienes y propiedades

💼 En FH Jurídicos gestionamos la ejecución completa y te mantenemos informado en cada paso.

Reclamación por vía penal: delito de abandono

Cuando el impago es reiterado y voluntario, puede considerarse delito de abandono de familia (art. 227 del Código Penal).

Requisitos para denunciar penalmente:

  • Impago durante 2 meses consecutivos o 4 alternos
  • Voluntad clara de incumplimiento
  • No haber solicitado modificación de medidas

Consecuencias penales:

  • Multa de 6 a 24 meses
  • Incluso prisión de 3 meses a 1 año
  • Antecedentes penales

En FH Jurídicos solo recomendamos esta vía si la vía civil no da resultados o si hay una actitud claramente dolosa.

¿Se puede embargar el salario o las ayudas?

Sí. El juez puede embargar salarios por encima del salario mínimo interprofesional, así como otras fuentes de ingresos.

En casos graves, también pueden embargarse:

  • Subsidios o prestaciones (con limitaciones)
  • Bienes en régimen ganancial
  • Pagos pendientes de terceros (ej. alquileres, pagas extra)

⚖️ En FH Jurídicos analizamos cada caso para solicitar embargos eficaces y rápidos.

Casos reales gestionados por FH Jurídicos

📌 Caso 1: Impago de 4 meses consecutivos

El padre dejó de pagar 300 €/mes durante 4 meses. Se procedió a ejecución civil. Embargo directo sobre nómina y recuperación total en 60 días.

📌 Caso 2: Ocultación de ingresos y trabajo en B

El deudor alegaba estar en paro. Tras investigación y aportación de pruebas de ingresos en efectivo, se admitió vía penal. Sentencia condenatoria firme.

📌 Caso 3: Pensión impagada durante más de un año

Cliente acudió tras más de 12 meses sin percibir nada. En 6 semanas recuperamos 9.000 € a través de embargo bancario múltiple.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos meses deben pasar para denunciar?

Para vía penal: 2 meses consecutivos o 4 alternos. Para vía civil: desde el primer mes.

¿Y si la otra persona no tiene nada a su nombre?

Se puede investigar. A veces hay bienes ocultos o ingresos encubiertos. También puede solicitarse investigación patrimonial.

¿Puedo perdonar la deuda después?

Sí, puedes renunciar al cobro, pero te recomendamos que lo consultes con tu abogado, especialmente si hay más hijos u otros procedimientos abiertos.

¿Prescribe el derecho a reclamar?

La pensión alimenticia prescribe a los 5 años. No dejes pasar el tiempo.

Reclama lo que tus hijos merecen. FH Jurídicos te ayuda.

La pensión alimenticia no es un favor, es un derecho. Si tu expareja no paga, en FH Jurídicos te ayudamos a reclamar de forma eficaz y legal. Nuestra experiencia en derecho de familia nos permite ofrecer soluciones rápidas y efectivas, protegiendo siempre el interés de los menores.

Solicita ahora tu consulta gratuita y deja que te ayudemos a recuperar lo que es justo.

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