Tener antecedentes penales puede suponer un obstáculo importante en muchos aspectos de la vida cotidiana: encontrar trabajo, viajar a determinados países, acceder a ciertos cargos públicos o simplemente sentir que una condena del pasado sigue condicionando el presente. La buena noticia es que, una vez cumplidos los requisitos legales, los antecedentes penales pueden cancelarse definitivamente.
En este artículo te explicamos en detalle cuándo y cómo puedes solicitar la cancelación de tus antecedentes penales en España, qué documentación necesitas y qué ocurre una vez que se produce la cancelación.
Los antecedentes penales son las anotaciones que figuran en el Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia sobre condenas firmes impuestas por los tribunales españoles. Este registro recoge los datos de todas las personas condenadas en España por sentencia penal firme.
Es importante distinguir los antecedentes penales de los antecedentes policiales, que son registros internos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sobre detenciones, investigaciones o actuaciones policiales. Los antecedentes policiales no forman parte del Registro Central de Penados y tienen un tratamiento diferente.
La cancelación de los antecedentes penales está regulada en el artículo 136 del Código Penal. Los plazos para poder solicitar la cancelación dependen del tipo y duración de la pena impuesta:
Estos plazos empiezan a contar desde el día en que queda extinguida la pena principal y todas las penas accesorias. Para que el plazo se compute correctamente, durante ese tiempo el condenado no puede haber delinquido de nuevo. Si comete un nuevo delito durante el periodo de espera, el plazo se reinicia desde cero.
Para que proceda la cancelación de los antecedentes penales deben concurrir los siguientes requisitos:
La cancelación puede producirse de dos formas:
Cancelación automática: El Registro Central de Penados está obligado a cancelar los antecedentes de oficio cuando concurren todos los requisitos legales. Sin embargo, en la práctica esta cancelación automática no siempre se produce con la diligencia debida, por lo que puede ser necesario solicitarla expresamente.
Cancelación a instancia de parte: El interesado puede solicitar en cualquier momento la cancelación cuando entienda que cumple todos los requisitos. La solicitud se presenta ante el Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia.
Para solicitar la cancelación de los antecedentes penales debes seguir estos pasos:
Una vez cancelados los antecedentes penales:
Los antecedentes policiales, a diferencia de los penales, se gestionan a través de las propias Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Para solicitar su cancelación debe dirigirse una solicitud a la Policía Nacional o a la Guardia Civil, según el cuerpo que tenga los datos registrados. El procedimiento es diferente al de los antecedentes penales y puede requerir la intervención de un abogado para garantizar el resultado.
Sí. Una vez cancelados, los antecedentes no aparecerán en ningún certificado oficial y no podrán ser utilizados en tu contra en ningún proceso futuro, salvo en los supuestos expresamente previstos por la ley (por ejemplo, para apreciar la reincidencia en delitos especialmente graves).
En principio no, ya que el pago de la responsabilidad civil es uno de los requisitos para la cancelación. Sin embargo, si se ha declarado judicialmente la insolvencia del condenado o si la responsabilidad civil ha prescrito, puede ser posible obtener igualmente la cancelación. Cada caso debe valorarse individualmente.
La solicitud en sí no tiene coste directo. Sin embargo, si se encarga a un abogado la gestión del trámite, los honorarios profesionales pueden variar entre 100 y 300 euros aproximadamente, dependiendo de la complejidad del caso y del número de antecedentes a cancelar.
El Registro Central de Penados español solo recoge las condenas dictadas por tribunales españoles. Para cancelar antecedentes en otros países debes seguir el procedimiento específico de cada uno de ellos. En el ámbito de la Unión Europea existe un intercambio de información entre registros nacionales que puede hacer que condenas extranjeras aparezcan en el sistema español.
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