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633 023 832 Escribir por WhatsAppQue te deban dinero y no cobrarlo tiene solución legal, y casi siempre más rápida de lo que se piensa. En FH Abogados reclamamos impagos para empresas, autónomos y particulares en Madrid: facturas pendientes, préstamos entre particulares, rentas de alquiler, derramas de comunidad o cualquier deuda documentada.
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Que te deban dinero y no cobrarlo tiene solución legal, y casi siempre más rápida de lo que se piensa. En FH Abogados reclamamos impagos para empresas, autónomos y particulares en Madrid: facturas pendientes, préstamos entre particulares, rentas de alquiler, derramas de comunidad o cualquier deuda documentada. Estudiamos tu caso gratis, te decimos qué vía conviene y cuánto costará antes de empezar.
Es el procedimiento por el que se exige judicial o extrajudicialmente el pago de una deuda dineraria vencida, líquida y exigible. En la práctica: una cantidad concreta, cuyo plazo de pago ya ha pasado, y que puedas acreditar con documentos (facturas, contratos, albaranes, transferencias, mensajes o correos reconociendo la deuda). Con esa base, la ley pone a tu disposición herramientas muy eficaces, empezando por el procedimiento monitorio.
Antes de ir al juzgado, un requerimiento formal de pago resuelve una parte importante de los casos: el deudor comprende que la reclamación va en serio y que la vía judicial le saldrá más cara (intereses y costas). Además, desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, acreditar un intento de solución extrajudicial previa (MASC) es requisito para poder presentar la mayoría de demandas civiles, así que este paso ya no es solo recomendable: es obligatorio. Lo dejamos documentado mediante burofax con certificación de contenido para que sirva como prueba.
Es la vía estrella para reclamar deudas dinerarias documentadas, sin límite de cuantía. Se presenta la petición con los documentos que acreditan la deuda y el juzgado requiere de pago al deudor, que tiene 20 días hábiles para pagar u oponerse. Si no hace nada, se despacha directamente la ejecución contra sus bienes, sin juicio. Es un procedimiento ágil, de coste contenido y especialmente eficaz frente a deudores que simplemente dan largas.
Si el deudor se opone al monitorio, o si la deuda requiere más prueba, el asunto se decide en juicio: verbal para reclamaciones de hasta 15.000 €, ordinario para las superiores. Preparamos la demanda, la prueba y la vista para obtener una sentencia condenatoria que incluya el principal, los intereses (legales o los pactados; en operaciones comerciales entre empresas, los reforzados de la Ley 3/2004 de morosidad) y, en su caso, las costas procesales.
Una sentencia o un monitorio sin oposición no cobran solos: hay que ejecutarlos. Localizamos bienes del deudor a través del juzgado (cuentas bancarias, nóminas, devoluciones de Hacienda, vehículos, inmuebles) y solicitamos su embargo hasta cubrir la deuda, intereses y costas. También gestionamos averiguaciones patrimoniales previas para valorar, antes de gastar un euro, si el deudor es solvente.
Como regla general, las deudas personales sin plazo especial prescriben a los 5 años (art. 1964 del Código Civil). Algunos supuestos tienen plazos más cortos: por ejemplo, 3 años para honorarios de ciertos profesionales o servicios (art. 1967). La prescripción se interrumpe con una reclamación fehaciente —otro motivo para enviar el burofax cuanto antes—. Si te deben dinero desde hace tiempo, no lo dejes correr: cada mes que pasa juega a favor del deudor.
Antes de iniciar el procedimiento valoramos la solvencia real del deudor. Si es insolvente hoy, la sentencia no caduca a efectos prácticos: la ejecución puede instarse dentro de los 5 años siguientes y reactivarse cuando el deudor vuelva a tener ingresos o bienes. Y si el deudor eres tú y la situación es insostenible, te asesoramos sobre la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar las deudas que no puedas pagar.
Una reclamación mal planteada (cuantía mal calculada, documentos insuficientes, vía procesal equivocada o requisito MASC sin cumplir) se traduce en meses perdidos y en costas a tu cargo. Nuestro equipo de Derecho civil reclama deudas ante los juzgados de Madrid a diario: sabemos qué documentación exige cada juzgado, qué plazos reales manejan y cómo maximizar las probabilidades de cobro efectivo, que es lo único que importa.
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