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Derecho administrativo

Pelear contra la Administración con sus propias reglas es posible, pero exige conocerlas bien: los plazos son cortos, el silencio tiene significado jurídico y un recurso mal planteado cierra puertas. En FH Jurídicos…

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Pelear contra la Administración con sus propias reglas es posible, pero exige conocerlas bien: los plazos son cortos, el silencio tiene significado jurídico y un recurso mal planteado cierra puertas. En FH Jurídicos defendemos a particulares, autónomos y empresas de Madrid frente a sanciones, denegaciones y actos administrativos de todo tipo, tanto en vía administrativa como ante los juzgados de lo contencioso-administrativo.

Lo primero que debes saber: los plazos mandan

Frente a un acto administrativo, el margen de reacción es limitado: con carácter general, un mes para los recursos de alzada o reposición y dos meses para acudir a la vía judicial. Pasado el plazo, el acto deviene firme y ya casi no hay vuelta atrás. Si has recibido una notificación, no la dejes reposar: tráenosla y te diremos en la primera consulta —gratuita— si merece la pena recurrir.

En qué te ayudamos

Multas y sanciones administrativas

Alegaciones y recursos frente a sanciones de tráfico, de ordenanzas municipales, de consumo, laborales o de cualquier organismo público. Analizamos defectos de forma (notificaciones, caducidad del expediente, prescripción) y de fondo antes de pagar nada.

Recursos administrativos y contencioso-administrativo

Redactamos y presentamos recursos de alzada y reposición, y cuando la Administración no rectifica, interponemos el recurso contencioso-administrativo y te representamos en el juicio, incluidas las medidas cautelares para suspender el acto mientras se resuelve.

Responsabilidad patrimonial de la Administración

Si has sufrido un daño por el funcionamiento de un servicio público —una caída por mal estado de la vía pública, un error administrativo, una actuación sanitaria— puedes reclamar una indemnización. El plazo general es de un año desde el daño o su estabilización.

Licencias, urbanismo y actividad

Licencias urbanísticas y de actividad, declaraciones responsables, órdenes de ejecución y expedientes de disciplina urbanística ante los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.

Silencio administrativo e inactividad

Cuando la Administración simplemente no contesta, el silencio produce efectos —a veces positivos, casi siempre negativos— y abre la puerta a recurrir. Te decimos qué significa el silencio en tu expediente y cómo aprovecharlo.

Extranjería contencioso

Las denegaciones de residencia o nacionalidad se combaten en esta jurisdicción: es la continuación natural de nuestro servicio de extranjería.

Cómo trabajamos

El derecho administrativo se gana con expediente: pedimos el acceso completo, detectamos los defectos formales y de fondo, y solo te recomendamos recurrir cuando hay probabilidad real. Un recurso a tiempo puede suspender la ejecución del acto —desde el cobro de una multa hasta un derribo— mientras se resuelve. Si tu asunto tiene también vertiente civil o penal, el mismo despacho te cubre todas las áreas.

Cómo trabajamos tu caso

01
Valoración gratuita
Escuchamos tu caso, revisamos tu documentación y te decimos con franqueza si merece la pena y por qué vía.
02
Presupuesto cerrado por escrito
Antes de empezar recibes un presupuesto por escrito con honorarios y costes previsibles. Sin sorpresas.
03
Nos ocupamos de todo
Escritos, plazos, vistas y comunicación con el juzgado. Te mantenemos informado en cada paso relevante.
04
Resolución y seguimiento
Perseguimos el asunto hasta que se resuelve de verdad, incluida la ejecución si la otra parte no cumple.

Qué incluye nuestro presupuesto

  • Estudio completo del caso y la documentación
  • Estrategia y recomendación de vía
  • Redacción y presentación de todos los escritos
  • Representación en vistas y comparecencias
  • Comunicación directa con tu abogado
  • Seguimiento hasta la resolución del asunto

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo tengo para recurrir una resolución administrativa?
Como regla general, un mes para los recursos administrativos (alzada o reposición) y dos meses para el recurso contencioso-administrativo ante los juzgados, contados desde la notificación. Pasados esos plazos, el acto se vuelve firme.
¿Merece la pena recurrir una multa?
Depende del importe y de los defectos del expediente. Muchas sanciones se anulan por fallos de notificación, caducidad o prescripción. Revisamos el expediente y te damos una valoración honesta antes de que decidas.
¿Qué es el silencio administrativo?
Es el efecto jurídico que la ley atribuye a la falta de respuesta de la Administración en plazo. Según el procedimiento, equivale a una estimación o a una desestimación de tu solicitud, y en ambos casos determina cómo y cuándo puedes actuar.
¿Puedo reclamar a la Administración por un daño que he sufrido?
Sí, mediante la reclamación de responsabilidad patrimonial, cuando el daño derive del funcionamiento de los servicios públicos y no tengas el deber de soportarlo. El plazo general es de un año desde el hecho o desde la curación o estabilización de las secuelas.
¿Recurrir suspende la obligación de pagar o cumplir?
No automáticamente: hay que pedir la suspensión cautelar y justificarla. En sanciones económicas, la suspensión suele condicionarse a garantía; en otros casos, al riesgo de daños irreparables. Lo valoramos en cada recurso.

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