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Abogado por positivo en drogas al volante en Madrid

¿Has dado positivo en drogas conduciendo? Un positivo en un control de drogas puede acabar en un juicio penal o en una multa de 1.000 € y 6 puntos. Pero el test, por sí solo, no basta para condenarte por delito. Nosotros lo sabemos y lo usamos en tu defensa.

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¿Cuándo es delito conducir bajo los efectos de las drogas?

El artículo 379.2 del Código Penal castiga conducir «bajo la influencia» de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, es decir, conducir bajo los efectos de las drogas. La pena es la misma que la de la alcoholemia: prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, más la privación del carné de más de 1 y hasta 4 años.

A diferencia del alcohol, aquí no hay una tasa que convierta el positivo en delito. Lo que decide si hay delito es que se pruebe que la droga afectaba a tu forma de conducir.

Penas por conducir bajo los efectos de las drogas: prisión, multa, trabajos y retirada del carné

Positivo en drogas sin delito: la multa de 1.000 € y 6 puntos

Si no hay afectación, no hay delito, pero puede haber multa. Conducir con presencia de drogas en el organismo está prohibido por el artículo 14 de la Ley de Seguridad Vial y se sanciona con 1.000 € y la pérdida de 6 puntos del carné. En esta vía basta el positivo confirmado en laboratorio, así que la defensa se centra en cómo se hizo la prueba: el dispositivo, la segunda muestra salival, el análisis y si se te ofreció el contraste.

Si el caso va por la vía penal, la multa queda en suspenso hasta que termine el proceso penal ya que no pueden castigarte dos veces por los mismos hechos. Es un principio general del derecho penal.

La clave de la defensa: el test salival de drogas no basta

Aquí está lo que marca la diferencia. El test salival de drogas detecta la presencia de la sustancia, pero no acredita por sí solo que estuvieras afectado al conducir. Según la sustancia y el consumo, puede seguir dando positivo mucho después de que el efecto haya pasado. Para que haya delito hay que probar la «influencia» real en la conducción: signos externos recogidos por los agentes, análisis de contraste y validez de la prueba. Sin esa afectación acreditada, el delito se tambalea y donde un abogado penalista puede incidir para obtener una sentencia absolutoria.

Positivo en drogas conduciendo: el test detecta la sustancia, el delito exige probar la afectación

Cómo defendemos tu caso

  • Discutimos la acreditación de la afectación: no basta el positivo.
  • Revisamos la cadena de custodia de la muestra, la validez del análisis y si se te ofreció el contraanálisis.
  • Analizamos el atestado: signos externos, motivo del control, información de derechos.
  • Valoramos la conformidad cuando conviene, para rebajar pena y tiempo sin carné.
  • Si solo hay multa, revisamos el expediente de tráfico y presentamos alegaciones o recurso.

¿Tendré antecedentes penales?

Sí, si hay condena. Toda condena genera antecedentes hasta su cancelación. Por eso conviene atacar la prueba desde el inicio, donde el caso es más débil para la acusación. La multa administrativa de 1.000 €, en cambio, no genera antecedentes penales.

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Resolución y seguimiento
Perseguimos el asunto hasta que se resuelve de verdad, incluida la ejecución si la otra parte no cumple.

Qué incluye nuestro presupuesto

  • Estudio completo del caso y la documentación
  • Estrategia y recomendación de vía
  • Redacción y presentación de todos los escritos
  • Representación en vistas y comparecencias
  • Comunicación directa con tu abogado
  • Seguimiento hasta la resolución del asunto

Honorarios

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Redactado y revisado por Adrián Fernández Fernández, abogado colegiado nº 140.578 del ICAM. Fernández Hortoneda Abogados, Calle Hortaleza 39, 1º, 28004 Madrid. Contenido informativo; no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado.

Preguntas frecuentes

¿Dar positivo en drogas ya es delito?
No por sí solo. Para que haya delito hay que acreditar que la conducción estaba afectada por la droga: el test detecta la sustancia, no la afectación. Eso sí, aunque no haya delito, el positivo puede suponer una multa de 1.000 € y la pérdida de 6 puntos.
¿Qué pena tiene conducir bajo los efectos de las drogas?
Prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, más la retirada del carné de más de 1 y hasta 4 años.
¿Me quitan el carné por dar positivo en drogas?
Depende de la vía. Con la multa administrativa pierdes 6 puntos, pero no te retiran el carné salvo que te quedes sin puntos. Si hay condena penal, la privación del carné es obligatoria: de más de 1 y hasta 4 años.
¿Puedo negarme al test de drogas?
No conviene: negarse es un delito autónomo (art. 383 CP) con prisión de 6 meses a 1 año y retirada del carné de más de 1 y hasta 4 años. Lo correcto es someterse y discutir después la prueba con abogado.
¿Sirve pedir un contraanálisis de sangre?
Sí, puede reforzar tu defensa. Tienes derecho a pedir una prueba de contraste, normalmente un análisis de sangre. Si no confirma la afectación mediante dicha prueba la acusación se debilita. Pídelo en el momento y que conste en el atestado. Si el contraste sale positivo, lo pagas tú.
¿Cuánto tiempo da positivo una droga en el test salival?
Depende de la sustancia, la cantidad y la frecuencia de consumo, y puede ser bastante más de lo que dura el efecto. Por eso un positivo no prueba, por sí solo, que condujeras afectado.

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