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633 023 832 Escribir por WhatsAppObtuviste tu divorcio en México pero ahora tu vida está en España. Por sí sola, esa sentencia mexicana todavía no despliega efectos aquí y hace falta reconocerla. Ese paso se llama exequátur y en Fernández Hortoneda Abogados lo llevamos de principio a fin.
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Obtuviste tu divorcio en México pero ahora tu vida está en España. Por sí sola, esa sentencia mexicana todavía no despliega efectos aquí y hace falta reconocerla. Ese paso se llama exequátur y en Fernández Hortoneda Abogados lo llevamos de principio a fin.
Somos abogados de exequátur en Madrid y reconocemos tu sentencia mexicana ante los tribunales españoles, dentro de nuestra área de exequátur de Latinoamérica.
Más de una década de experiencia · Abogado colegiado ICAM 140.578 · Atención en español e inglés · Consulta online desde cualquier país.
Sí. México queda fuera de la Unión Europea, de modo que aquí no funciona el reconocimiento automático que existe entre países comunitarios. Mientras no obtengas el exequátur, en España seguirás figurando como casado: no podrás inscribir el divorcio, contraer nuevo matrimonio ni ejecutar lo que la sentencia disponga sobre bienes o pensiones.
Con México no partimos de cero: España y México firmaron el Convenio de 17 de abril de 1989 sobre reconocimiento y ejecución de sentencias judiciales y laudos arbitrales en materia civil y mercantil (BOE-A-1991-8480). Ese tratado bilateral aporta una capa extra de seguridad jurídica, porque fija de antemano las condiciones que debe reunir la resolución mexicana. La solicitud, eso sí, se sigue presentando ante el Tribunal de Instancia.
Antes de traerla, la sentencia se apostilla en México al amparo del Convenio de La Haya de 1961. Como el texto ya está en español, te ahorras la traducción jurada, lo que abarata y acelera el trámite.
Un ejemplo. Te divorciaste ante un juzgado de lo familiar en México y hoy resides en Madrid. El primer paso es apostillar la sentencia; después acreditamos su firmeza mediante un certificado emitido por la justicia mexicana y presentamos la demanda de exequátur, que además se examina a la luz del convenio bilateral de 1989.
El trámite lo asumimos con abogado y procurador ante el Tribunal de Instancia, por el cauce del artículo 52 de la Ley 29/2015: interpuesta la demanda, la otra parte recibe traslado y cuenta con treinta días para oponerse; emite informe el Ministerio Fiscal; y el tribunal resuelve por auto, frente al que cabe recurso de apelación. Tienes el paso a paso en nuestra página general de exequátur.
Trabajamos derecho de familia internacional y hemos reconocido en España sentencias mexicanas de distintos estados. Preparamos y presentamos la demanda de exequátur y llevamos el procedimiento judicial y su seguimiento; te indicamos qué documentos necesitas y con qué requisitos.
Cuanto antes reconozcas tu sentencia mexicana, antes podrá surtir efectos en España. La primera consulta es orientativa y gratuita, presencial o por videollamada, en español o en inglés.
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El exequátur de tu sentencia de divorcio son 600 € + IVA de honorarios de abogado si el demandado reside en España; el procurador se factura aparte. En los demás supuestos —otras resoluciones, o si el demandado reside fuera de España— presupuesto cerrado por escrito tras estudiar tu caso. Consulta el resto de tarifas en nuestra página de precios.
Redactado y revisado por Adrián Fernández Fernández, abogado colegiado nº 140.578 del ICAM. Fernández Hortoneda Abogados, Madrid. Contenido informativo; no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado.
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