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633 023 832 Escribir por WhatsAppObtuviste tu divorcio en Marruecos y necesitas que produzca efectos en España: inscribirlo, actualizar tu estado civil o poder casarte de nuevo. Ese reconocimiento se llama exequátur y, en el caso marroquí, conviene mirar con detalle cómo se dictó el divorcio, porque no todos llegan a España en las mismas condiciones.
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Obtuviste tu divorcio en Marruecos y necesitas que produzca efectos en España: inscribirlo, actualizar tu estado civil o poder casarte de nuevo. Ese reconocimiento se llama exequátur y, en el caso marroquí, conviene mirar con detalle cómo se dictó el divorcio, porque no todos llegan a España en las mismas condiciones. Nosotros lo estudiamos y lo tramitamos por ti.
Somos abogados de exequátur en Madrid y reconocemos tu sentencia marroquí ante los tribunales españoles, como parte de nuestra área de reconocimiento de sentencias extranjeras.
Más de una década de experiencia · Abogado Colegiado ICAM 140.578 · Atención en español e inglés · Consulta online desde cualquier país
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Sí. Marruecos queda fuera de la Unión Europea, de modo que su sentencia no produce efectos automáticos en España. Mientras no obtengas el exequátur, ante el Registro Civil español seguirás figurando como casado y no podrás inscribir el divorcio, contraer nuevo matrimonio ni hacer valer lo que la resolución disponga.
Con Marruecos no partimos de cero: España y Marruecos tienen un convenio bilateral, el Convenio de cooperación judicial en materia civil, mercantil y administrativa de 30 de mayo de 1997, que regula el reconocimiento y la ejecución de resoluciones entre ambos países. Ese tratado fija las condiciones que debe reunir la resolución marroquí (entre ellas, el respeto al orden público español y a los derechos de defensa), y el reconocimiento se solicita ante el Tribunal de Instancia.
La documentación se apostilla en Marruecos conforme al Convenio de La Haya de 1961, del que Marruecos es parte desde 2016. Y aquí está la diferencia con otros países: al estar la sentencia redactada en árabe (a veces también en francés), necesitarás además una traducción jurada al español.
Un ejemplo: te divorciaste ante un tribunal de familia en Marruecos y hoy resides en España. Con la sentencia apostillada, la traducción jurada y la firmeza acreditada, presentamos el exequátur al amparo del convenio bilateral de 1997.
El exequátur se sustancia con abogado y procurador ante el Tribunal de Instancia (artículo 52 de la Ley 29/2015, en relación con el convenio bilateral de 1997): presentada la demanda, se da traslado a la otra parte, que puede oponerse; informa el Ministerio Fiscal y el tribunal resuelve por auto, recurrible en apelación, verificando que la resolución marroquí no vulnere el orden público ni los derechos de defensa. El desarrollo completo lo tienes en nuestra página general de exequátur.
Somos un despacho de familia con práctica en derecho internacional privado y conocemos las particularidades de los divorcios marroquíes, incluidos los que se tramitan por repudio. Preparamos y presentamos la demanda de exequátur y llevamos el procedimiento judicial y su seguimiento; además te indicamos con claridad qué documentos necesitas (apostilla y traducción jurada) y en qué orden, cuidando precisamente lo que más se revisa: la firmeza y el respeto a los derechos de defensa.
Cuanto antes reconozcas tu sentencia marroquí, antes producirá efectos en España. La primera consulta es orientativa y gratuita, presencial o por videollamada, en español o en inglés.
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El exequátur de tu sentencia de divorcio marroquí son 600 € + IVA de honorarios de abogado si el demandado reside en España; el procurador y la traducción jurada se facturan aparte. En los demás supuestos, presupuesto cerrado por escrito tras estudiar tu caso. Consulta el resto de tarifas en nuestra página de precios.
Redactado y revisado por Adrián Fernández Fernández, abogado colegiado nº 140.578 del ICAM. Fernández Hortoneda Abogados, Calle Hortaleza 39, 1º, 28004 Madrid. Contenido informativo; no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado.
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